lunes, 20 de abril de 2015

CODIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO (Derecho de libre asociación)

http://www.youtube.com/watch?v=svUdSNFNGNk


CODIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO Art. 38. El artículo 353 del Código Sustantivo del Trabajo, quedará así: Art. 353. Derecho de asociación. 1. De acuerdo con el artículo 12, el Estado garantiza a los empleadores, a los trabajadores y a todo el que ejerza una actividad independiente, el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos, y a éstos el derecho de unirse o federarse entre sí. 2. Las asociaciones profesionales o sindicatos deben ajustarse, en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes, a las normas de este título, y están sometidos a la inspección y vigilancia del Gobierno en cuanto concierne al orden público y en particular en los casos que aquí se establecen. 3. Los trabajadores y empleadores, sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

1 comentario:

  1. Debemos recordar que los sindicatos tienen unos ESTATUTOS MINIMOS desde su crecaión y posterior puesta en marcha, algunos de éstos estatutos son:


    1. Nombre del sindicato y domicilio
    2. Objeto
    3. Condiciones de admisión
    4. Obligaciones y derechos de los asociados
    5. Número,denominación,periodo y funciones de las directivas, modo de integrarlas o elegirlas, reglamento de reuniones y causales de remoción.
    Organización de comisiones reglamentarias y accidentales
    6.Cuantía y periodicidad de las cuotas ordinarias y su forma de pago
    7. Procedimiento para decretar y cobrar cuotas extraordinarias
    8. Sanciones disciplinarias y motivos de expulsión o remoción.
    9. Epoca de celebración de asambleas generales ordinarias y delegatorias, reglamento de las sesiones, quorum y votaciones.
    10. Reglas para la administración de los bienes y fondos sindicales.
    11. Normas para la liquidación del sindicato.

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